FOROS DE OPINIÓN


FOROS DE OPINIÓN

- Siempre el mismo vocero o representante de cada grupo asentará por su opinión sobre las cuestiones que propone el capacitador en cada clase.

- Deberá darse respuesta a todas las cuestiones en un mismo documento, en término de diez días hábiles a contar desde la clase respectiva, y en espacio no mayor a cuatro carillas de A4, a doble espacio, en fuente Times New Roman o equivalente, tamaño 12. 

CLASE 2: Cuestiones que se someten a debate
(Sobre el material de estudio entregado en la CLASE 1):
1.- ¿Qué opinión le merece la intervención de la juez en la película “La vida loca”, principalmente sobre su actitud y su estilo de comunicación con el adolescente sometido a esa intervención para incidir en un cambio de vida favorable?
2.- ¿Qué opinión le merece la remisión como una vía alternativa al proceso judicial en las reglas de Beijing y en la Convención sobre los Derechos del Niño? A su juicio: ¿Quiénes podrían tener acceso a esa vía alternativa, y en qué casos, para que constituya una solución realista y con consenso social?
3.- ¿Qué significa para ud. que el interés del niño es un interés superior? ¿Cómo se concilia con otros intereses en juego? ¿Da Cillero Bruñol pautas para armonizar intereses en conflicto? En caso afirmativo, ¿cuáles?


CLASE 3: Cuestiones que se someten a debate
(Sobre el material de estudio entregado en la CLASE 2):
1.- Teniendo en cuenta que Suiza mantiene la edad de responsabilidad penal en 10 años, ¿Piensa ud. que está desoyendo la Observación General N° 10 del Comité de Derechos del Niño? Dado el trato igual que todas los países merecen, ¿opina ud. que la Argentina puede ser obligada a mantener la edad de responsabilidad penal en 16 años?
2.- Dado que el art. 37 de la Convención sobre los Derechos del Niño veda la aplicación de penas privativas de libertad que no admitan en algún momento la liberación del penado, y que el art. 13 del Cód. Penal Argentino admite la libertad condicional incluso en casos de prisión o reclusión perpetuas, ¿Piensa ud. que la República Argentina fue sancionada con razón en el caso “Mendoza”?
3.- ¿A qué atribuye ud. el llamado “populismo punitivo” en Iberoamérica?


CLASE 4: Cuestiones que se someten a debate
(Sobre el material de estudio entregado en la CLASE 3):
1.- Según su opinión, ¿A cuáles teorías sobre el desarrollo del niño asigna usted mayor razón? ¿A las convencionales, a las culturales, a ambas por igual? ¿Por qué?
   2.- ¿Estima usted que en nuestro país hay suficiente advertencia sobre la importancia que tienen las experiencias adversas en la infancia (EAI-ACE)? En caso afirmativo, ¿Conoce usted la existencia de algún dispositivo para la detección precoz?
    3.- ¿Qué interpretación da usted a la “imagen de la casita” con la que Stephan Vanistendael quiere representar la resiliencia? ¿Piensa que están bien situados sus elementos, o sugeriría usted algún cambio?


CLASE 5: Cuestiones que se someten a debate
(Sobre el material de estudio entregado en la CLASE 4): 
1.- En mérito a su experiencia, y tomando en consideración los estudios hechos en el mundo angloparlante, ¿Piensa ud. que están bien identificados los ocho factores de riesgo y recaída en la transgresión delictual? A su juicio, ¿Falta o sobra alguno? ¿Está de acuerdo con los que se identifican como “The Big Four”?
2.- En su opinión, ¿Cuáles son las Directrices para una Justicia Adaptada a la Niñez cuya observancia futura podría podrucir mayor impacto en nuestro país, y particularmente en nuestro medio?
3.- ¿En qué medida –cree ud.- puede incidir una convención como la de Budapest en la reducción o supresión de los delitos contra la niñez que se cometen utilizando los medios que brinda la cibernética?

CLASE 6: Cuestiones que se someten a debate
(Sobre el material de estudio entregado en la CLASE 5):
1.- Partiendo de la investigación que han hecho Chesney Lind y Shelden (2004), ¿Está de acuerdo en que las adolescentes sufren en la justicia penal juvenil cordobesa un trato que conlleva doble “penalidad”?  Si su respuesta es afirmativa, ¿A qué puede atribuirse esa doble “penalidad”? Si, en cambio, su respuesta es negativa, ¿Por qué estima que hay quienes sostienen que hay “doble penalidad?
2.- Partiendo del documento de Edwin Rayo, elaborado para la Fundación “Terre des Hommes”, ¿qué opina ud. de la incidencia que el consumo habitual de estupefacientes tiene en el trato que los/as adolescentes reciben en la justicia penal juvenil? ¿es un factor más a considerar, o se lo estima gravitante en su situación? ¿Agrava o atenúa las medidas restrictivas o privativas de derechos en las decisiones judiciales?
3.- Con relación a la educación en contextos de encierro, ¿Considera ud. que en nuestros establecimientos socioeducativos prevalece una pedagogía progresista? ¿En qué sustenta su opinión?

CLASE 7: Cuestiones que se someten a debate
(Sobre el material de estudio entregado en la CLASE 6):

1.- ¿Responden las Reglas de Riad sobre prevención de la delincuencia juvenil al marco sociocultural dentro del cual se desenvuelve la vida de los adolescentes en la actualidad, con particular referencia a nuestro país? ¿En qué sustenta su respuesta?
2.- ¿Hay aportes relevantes que podría hacer la Ley Modelo de Justicia Juvenil (ONU) al proceso penal juvenil que tiene nuestra Provincia? ¿Cuáles y por qué? Si no los hay, fundamente su respuesta.
3.- En su opinión, la Declaración Iberoamericana de Justicia Juvenil: ¿Ha impulsado las prácticas restaurativas en el continente, o constituyen solamente un desiderátum sin concreción? ¿Sobre qué hechos basa su opinión?

CLASE 8: Cuestiones que se someten a debate
(Sobre el material de estudio entregado en la CLASE 7):

1.- ¿Piensa ud. que la crítica que hace a la Justicia Juvenil la Dra Mary Beloff en su “Modelo para armar y desarmar” es aplicable hoy a la Justicia Penal Juvenil de Córdoba? Diga ud. en cuáles puntos la estima aplicable, y fundamente su respuesta.
2.- ¿Cuál considera ud. que es el núcleo del principio de especialidad en el Derecho Penal Juvenil de que nos habla Carlos Tiffer? ¿Porqué?

3.- En su opinión, ¿Siempre podemos decir que con mayores penas obtenemos peores resultados?¿No piensa ud. que estamos entre dos extremismos, el de quienes sostienen que las mayores penas producen peores resultados, y el de quienes acusan que la reducción o supresión de penas estimula la delincuencia juvenil? Dé razón de su respuesta.


CLASE 9: Cuestiones que se someten a debate
(Sobre el material de estudio entregado en la CLASE 8):

 1.- Teniendo en cuenta la opinión pública, exacerbada por la prensa desde casos emblemáticos de delicción juvenil como “Blumberg”, “Capristo” y otros más recientes, ¿Piensa ud. es posible avanzar en nuestro país hacia medidas que no sean privativas de libertad? ¿Qué deberían reunir esas medidas para ser efectivas y dar satisfacción a la expectativa social sobre la respuesta pública al delito?

2.- ¿Cree ud. que las Reglas de Naciones Unidas para la Protección de Menores Privados de Libertad se cumplen en nuestro medio? Fundamente su respuesta.


3.- ¿Por qué los jueces son, en nuestro medio, más proclives a disponer medidas no privativas de libertad a las niñas que a los niños? ¿Responde solamente a prejuicios o tiene sustento en los estándares internacionales que rigen para las mujeres llevadas a juicio por delitos? En su caso, ¿cuáles?

CLASE 10: Cuestiones que se someten a debate
(Sobre el material de estudio entregado en la CLASE 9):

1.- Según Cámara Arroyo, ¿a qué se atribuye corrientemente la aparición del nuevo enfoque de justicia restaurativa? ¿Cuáles son, sin embargo, los hitos históricos e ideológicos que, en mirada del autor, explican esta aparición?

2.- ¿Por qué razón la protección de los derechos de los niños migrantes ha merecido una Observación General Conjunta núm. 3 (2017) del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares y núm. 22 (2017) del Comité de los Derechos del Niño? ¿No estaba suficientemente protegido por  la Convención sobre  los Derechos del Niño?

3.- ¿Cuáles son las medidas prioritarias y cuáles las condiciones básicas en los espacios de alojamiento para los niños migrantes según la Opinión Consultiva 21/14 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos?


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